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Pautas generales de la Fiscalía


Circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado

Criterios de la fiscalia

Criterios de la Fiscalía

La Circular 1/2016, sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas conforme a la reforma del Código Penal efectuada por Ley Orgánica 1/2015, de la Fiscalía General del Estado, tras analizar el art.31 bis y las novedades establecidas por nuestro legislador en la materia, dispone una serie de pautas para valorar la eficacia de los modelos de organización y gestión.

Valoración del caso concreto

Dichos criterios son de carácter general ya que los fiscales intervinientes en procesos penales contra personas jurídicas han de valorar primeramente las circunstancias que concurran en el caso concreto.

Criterios generales FGE

  1. Los arts.31 bis y siguientes han de ser interpretados por la Fiscalía de forma que el régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas no se vacíe de contenido y conlleve su inaplicación en la práctica. Ha de hacerse una interpretación acorde con la finalidad y espíritu del precepto, sin que por ello deba ser extensiva a cualquier situación de irregularidad o arbitraria.
  2. Debe tenerse siempre en cuenta que la finalidad de los modelos de organización y gestión es que las personas jurídicas adopten e interioricen una verdadera cultura ética de cumplimiento legal y no sólo se utilicen para impedir ilícitos que den lugar a sanción penal.
  3. Las certificaciones emitidas por entidades evaluadoras de los modelos se considerarán un extra dentro de la correcta llevanza de los modelos pero no serán suficientes para acreditar la adecuación de los mismos.
  4. Si no se revela por la alta dirección de la empresa un compromiso real y efectivo para que los modelos de organización y gestión sean conocidos y respetados por todos los miembros de la empresa, los fiscales entenderán que dichos modelos no son eficaces.
  5. Será necesario que la persona jurídica cuente con un programa de contratación y promoción de su personal que garantice que las mismas se realizan atendiendo a criterios de integridad, profesionalidad, igualdad y méritos. Es lo que la Fiscalía ha denominado «altos estándares éticos en la contratación y promoción de directivos y empleados«.
  6. Valorarán especialmente que la propia persona jurídica sea la descubridora y reveladora de los ilícitos que se den en su seno. Así se revela un compromiso real con la cultura de cumplimiento que debe regir en la misma.
  7. Para invalidar un modelo de organización y gestión y calificarlo como ineficaz se atenderá, entre otros, a las siguientes circunstancias: la gravedad del delito cometido, el número de empleados implicados en su comisión, su extensión dentro de la persona jurídica, la frecuencia con la que se ha cometido, la duración en el tiempo de su comisión y «la baja intensidad del fraude empleado para eludir el modelo«.
  8. También se tendrá en consideración que la empresa se haya visto inmersa en anteriores procedimientos penales o administrativos-sancionadores, así como la actuación reactiva o «firmeza de la respuesta en situaciones precedentes» de ilicitud.
  9. Por último, será positivo la inclusión de protocolos de actuación que favorezcan la concurrencia de circunstancias atenuantes (comunicación a la autoridad de las irregularidades, reparación del daño, colaboración con las autoridades, etc…). Igualmente, tal y como dispone la Circular de la Fiscalía: «Operarán en sentido contrario el retraso en la denuncia de la conducta delictiva o su ocultación y la actitud obstructiva o no colaboradora con la justicia«.

La actividad diaria de la empresa

Que las empresas adopten políticas que tiendan al cumplimiento de estas directrices supone una garantía para las mismas, no solo de cara a un procedimiento penal sino de cara al día a día de su actividad.

La plataforma SupervisorJurídico constituye una gran ayuda para aquellos oficiales de cumplimiento normativo penal que deseen aproximarse a los criterios de la Fiscalía ya que es una herramienta que se ha diseñado teniendo en cuenta las directrices antes mencionadas.

A modo de ejemplo, podemos hacer referencia al «control de responsables» que ofrece la plataforma. Se trata de un sistema que permite filtrar y valorar cada uno de los controles que los responsables de departamento o sección designados llevan a cabo para verificar que las actividades de la empresa se realizan correctamente. El filtrado también puede ser aplicado para valorar la actuación de cada responsable de forma independiente.

Ayuda para el Compliance Officer

De esta forma, el Compliance Officer puede detectar si las personas de la empresa nombradas responsables cumplen con sus cometidos, evidenciándose así el necesario «compromiso de la alta dirección» con los programas de cumplimiento.

De igual manera la plataforma permite conocer si los responsables de los controles dentro de la empresa no los realizan o lo hacen de forma deficiente.

Esta herramienta también permite  la apertura de no conformidades, la confección de procedimientos para la mejora de los controles a realizar, la creación de protocolos o procedimientos específicos para determinados sectores de la empresa y el descubrimiento de actuaciones del personal que sean contrarias a lo especificado en el concreto modelo de organización y gestión diseñado para la empresa.

Así, los modelos de organización y gestión confeccionados a través de SupervisorJurídico permiten, entre otras muchas ventajas, que el Compliance Officer:

  • Pueda aconsejar al órgano de administración de la persona jurídica acerca del nombramiento de puestos de alta dirección o de especial responsabilidad dentro de la empresa.
  • Comunique a dicho órgano de administración  las posibles incidencias que encuentre en el cumplimiento de las labores de control asignadas a cada responsable.
  • Detecte rápidamente los fallos relacionados con los controles a realizar para cada actividad.
  • Descubra irregularidades en las actividades de la empresa de forma temprana, evitando así que tales irregularidades devengan en conductas delictivas.
  • Modifiquen los controles y registros en caso de resultar necesario por los malos resultados que ofrezca la plataforma tras un tiempo de uso prudencial.

 

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